Registro de Empleador Secretaría del Trabajo y Justicia Laboral Dirección de Empleo

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Descripción ciudadana

Los Empleadores que deseen promover sus vacantes, deberán realizar el trámite de Registro de Empleador, el cual podrá ser presencial o a distancia por internet.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • El propietario o representante legal de la empresa o encargado de recursos humanos.
  • ¿Qué obtengo? :
    • La promoción de vacantes de manera gratuita, reclutamiento de personal para negocios o empresas, entre otros.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando se desea publicar vacantes.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: N/A
    • Costo mínimo : 0
    • Costo máximo: 0
    • Costo descripción: Gratuito
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Formato
    • Acudir a la oficina de la Dirección de Empleo o comunicarse al 3116890065 ext. 1012
    • Ser atendido por un concertador empresarial
    • Llenar formato de registro de empleador.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 1 día
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Que las vacantes otorguen las prestaciones mínimas que señala la Ley Federal del Trabajo
  • Requisitos
    • Estar establecidos bajo los marcos legales vigentes.
    • Proporcionar las características de sus vacantes, que tienen que incluir los requisitos que deben cumplir los candidatos, así como las prestaciones y el salario mensual ofrecido.
    • Ofrecer en sus vacantes un salario neto mensual mayor al salario mínimo vigente.
    • En caso de que el pago ofrecido por la vacante sea por comisión, ofrecer al Buscador de Trabajo un salario base no menor al mínimo vigente y proporcionar todas las prestaciones de ley.
    • Tratándose de personas físicas, autorizar de manera expresa el tratamiento de sus Datos Personales durante su participación en el PAE.
    • Identificación Oficial.
    • Constancia de RFC cuando se trate de personas morales, al momento de realizar su registro.
    • CURP cuando se trate de personas físicas, al momento de realizar su registro.
    • No se necesitan copias de los documentos.
  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo (PAE)
    • Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo del Estado de Nayarit (PAEEN)
    • Artículo 537 de la Ley Federal del Trabajo
Oficinas de atención
  • Nombre: Secretaría del Trabajo y Justicia Laboral
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: Calzada del panteón, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 284 8400
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Elizabeth Parra Arvizu
    • Cargo : Abogada General
    • Correo : stjl.pdt@nayarit.gob.mx